Comunicados de Prensa
 
Santa Fe, 06 de Noviembre de 2008.-

OBTUVO MEDIA SANCION LA ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL QUE REGULA EL ACCIONAR DE LOS DENOMINADOS PATOVICAS

A partir de un proyecto autoría del Diputado Provincial Leonardo Simoniello, la Cámara Baja dio media sanción a la adhesión a la Ley Nacional Nº 26.370 la cual tiene por objeto establecer las reglas de habilitación del personal que realiza tareas de control de admisión y permanencia de público en eventos y espectáculos musicales, artísticos y de entretenimiento en general, que se lleven a cabo en estadios, clubes, pubs, discotecas, bares, restaurantes y todo otro lugar de entretenimiento de público en general.

La adhesión a la Ley Nacional Nº 26.370 es un paso más en nuestra intención de solucionar los diversos inconvenientes que muchas veces se generan a partir de las tareas de control y admisión de espectáculos públicos.

Es indudable la necesidad de que el Estado reglamente dicha actividad. De allí la creación de un Registro Único Público, como así también la obligación del personal de control de admisión y permanencia de exhibir una credencial donde consten nombre, apellido, foto y número de habilitación profesional otorgado por la autoridad de aplicación.

Además es importante destacar que no podrán trabajar como personal de seguridad personas que hayan sido condenadas por delitos de lesa humanidad, que se encuentren en actividad revistando en fuerzas armadas, penitenciarias, de seguridad e inteligencia, o castigados por la misma actividad con penas superiores a 3 años.

Debido a la especialidad de las tareas por desarrollar, los trabajadores se encuadrarán en tres categorías: controlador, controlador especializado y técnico en control de admisión y permanencia. Para obtener cada categoría, el controlador deberá aprobar un curso con materias que apuntan especialmente a la comunicación no violenta, derecho penal y constitucional, derechos humanos, seguridad en siniestros y primeros auxilios. Todo esto apunta fundamentalmente a mejorar los niveles de formación y educación de aquellas personas destinadas a realizar las actividades de control y admisión y que, dentro de los marcos legales, puedan llevar adelante tan delicada tarea.

Es un compromiso social el de luchar contra todo acto de discriminación, o de violencia, por eso en la búsqueda de un equilibrio es el Estado, a través de las Municipalidades y Comunas, como órgano rector de la sociedad quien debe asumir la responsabilidad de regular estas actividades, en colaboración con los organizadores de los distintos eventos que se comprometan a contratar a aquellas personas que cumplan con las exigencia que se plasman en la presente ley.

< VER TEXTO CON MEDIA SANCION >


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