Proyectos de Ley
EXPTE. 20129 - 06/03/08
Impuesto Inmobiliario: Beneficio para el buen Contribuyente
PROYECTO DE LEY

Beneficio para el buen Contribuyente

Artículo 1º- Los contribuyentes del Impuesto Inmobiliario urbano o suburbano que acrediten estar al día con la obligación formal y financiera correspondiente a las cuotas vencidas durante todo un año calendario, gozarán de un estimulo por su buena conducta fiscal. Dicho beneficio será de hasta un diecisiete por ciento (17%) del monto total a pagar por el período fiscal siguiente y se bonificará de acuerdo a como lo determine el Poder Ejecutivo Provincial, dentro de este período fiscal. Para hacerse acreedor al beneficio dispuesto, los contribuyentes deberán abonar en tiempo y forma el mencionado tributo, como así también los accesorios, si correspondieran. Esta liberalidad no alcanza a las deudas incluidas en convenios, planes de pago, moratorias, aunque estos se encuentren al día.

Artículo 2º: El beneficio dispuesto en la presente Ley, alcanzará a todos los contribuyentes que acrediten la situación prevista en el artículo precedente, sea cual fuere el mecanismo de pago por el cual hubieren optado, con excepción de aquellos empleados de la Administración Publica que se hubieran incorporado al Sistema de Beneficios y Descuentos.

Artículo 3º: A los efectos de mejorar, ampliar, modernizar y optimizar los mecanismos de cobro del Impuesto, la Administración Provincial de Impuestos llevará adelante gestiones con el objeto de garantizar el cobro del mismo a través de debitos automáticos con tarjetas de crédito y/o debito así como mediante la utilización del sistema home banking.

Artículo 4º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Sr. Presidente:

La equidad en materia tributaria es el principio que debe prevalecer por sobre los objetivos recaudatorios del Estado. Por ello, es que debe existir algún tipo de estímulo para los contribuyentes cumplidores de sus obligaciones fiscales.

Este incentivo, redundará también en el mejoramiento de la conducta fiscal de los ciudadanos, y es un elemento más que se vuelve imprescindible para poder distinguir y premiar a quienes pagan sus impuestos.

Esta práctica, viene a contrarrestar las desigualdades que se producen cada vez que se lanza una moratoria y deja con una sensación amarga a quienes, con sacrificio, cumplieron en tiempo y forma con sus obligaciones.

Además impulsamos que la Administración Provincial de Impuestos amplíe sus mecanismos de cobro con el objeto de poner a disposición del contribuyente las nuevas alternativas que tanto el Estado en materia de servicios como los privados disponen mediante la utilización de tarjetas de crédito, débito o inclusive Internet.

Consideramos imprescindible esta norma, se trata de la búsqueda del equilibrio, de otorgar mecanismos a la sociedad donde se puedan reflejar los premios y castigos, facilitar las formas de pago, sin perjuicio de estar convencidos que la misma redundará en beneficios al erario provincial.



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