Santa
Fe, 23 de Febrero de 2010.
Sres:
Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe
Vicepresidente Ejecutivo:
D. ALFREDO LUIS CECCHI
S / D
Por la presente
me dirijo a Ud. con el fin de solicitar se me informe si esa Caja
de Asistencia, y en particular usted, ha tomado conocimiento y
en todo caso cuales han sido las medidas adoptadas respecto de
la Comunicación aprobada en fecha 9 de Octubre de 2008,
por esta Honorable Cámara de Diputados de la Provincia
de Santa Fe (*) por unanimidad, mediante la cual se solicitó
gestionar ante los distintos actores involucrados, fundamentalmente
las autoridades de los Casinos instalados y habilitados en la
Provincia, conjuntamente con los distintos Municipios y esa Autoridad
de Aplicación, una eventual reducción de horarios
de funcionamiento de las actividades de juego, fundamentalmente
en aquellos casos en que dicha actividad se encuentra abierta
al público las 24 horas del día.
En aquel entonces,
pretendíamos promover medidas objetivas, que apunten al
desaliento del juego, disminuyendo los horarios de oferta de juego,
con el objeto de disminuir espacios que pudieran ocasionar algunos
inconvenientes vinculados al juego compulsivo, tanto de personas
en particular como de la sociedad en su conjunto.
Entendemos
que la apertura por 24 hs. de la oferta de juego por ejemplo en
la ciudad de Santa Fe, es innecesaria y además podría
-y de hecho esta ocurriendo- ocasionar problemas mayores desvirtuando
el espíritu de la propia Ley y en muchos casos no generando
las consecuencias previstas oportunamente para el impulso de la
actividad en la Provincia.
Por supuesto
que estamos convencidos que esta fue y es una potestad de cada
municipio, pero habida cuenta el marco regulatorio previo a la
adjudicación de las concesiones, es también importante
destacar que es muy posible que esta medida no podría ser
tomada unilateralmente en resguardo de las pautas contractuales.
No así
entendemos lo mismo con respecto a otra propuesta de nuestra autoria
que tiene que ver con un proyecto de Ley que la Cámara
de Diputados dio media sanción por unanimidad también
mediante el cual se prohibiría en un radio de 200mts,
la instalación, habilitación y funcionamiento de
cajeros automáticos expendedores de dinero dentro de los
establecimientos previstos y regulados en la Ley Provincial Nº
11.998.
En dicha oportunidad,
ante un pedido del Senador por el Departamento La Capital, la
Dirección General de Casinos, a través de su Coordinador
Técnico-Legal emitió diversos dictámenes.
En uno de ellos sostenía que la limitación de Cajeros
Automáticos a una distancia de 200 metros, traería
aparejada "cuestiones de inseguridad o incomodidad".
Es mi opinión, como Legislador Provincial, que más
allá de algunas incomodidades, el Estado debe defender
el interés general, fundamentalmente de aquellos que por
diversos motivos pueden caer en la trampa del juego compulsivo.
Es verdad,
que los complejos fueron licitados en conjunto por lo que en los
mismos se desarrollan otras actividades como paseos de compras
u Hoteles, en donde la presencia de un cajero automático
aparece como necesaria o por lo menos importante. Pero también
es verdad que los cajeros están instalados dentro del complejo
multipropósito, que el acceso a cada uno es, desde la sala
de juegos absolutamente cómodo, y que la enorme cantidad
de personas que asisten no son comparables con la cantidad de
pasajeros del Hotel.
Por otra parte,
vale aclarar, que los cajeros podrían instalarse, aun sancionado
nuestro proyecto, dentro de los mismos complejos, solo pretendíamos
alejarlos de la puerta de la zona de juegos.
Lamentablemente,
la postura de la Caja, y de la Asesoria Jurídica del Ministerio,
entendió que podía existir una "..colisión
de derechos.." (sic) y en el caso, "
invocar
el concesionario la lesión de legítimos derechos
patrimoniales
e intentar una indemnización patrimonial
por eventuales daños
(sic). Aun me quedan dudas,
cuando y en que caso, nuestra Provincia podrá eventualmente
hacer uso de su poder de policía y que pasaría si
esto resulte de una disposición en el nivel municipal.
Si bien comprendo que es esta -la que se desprende de los dictámenes-
una postura tecnico-juridica, habría que discutir cual
es la posición real de la Provincia de Santa Fe y de la
Caja al respecto de este tema ya que es un antecedente peligroso
para la discusión de otros. Existen numerosos antecedentes
en otras jurisdicciones, nacionales, provinciales o municipales
en donde no han existido tales interpretaciones.
En otro aspecto
pero en el mismo sentido, pretendo conocer si se encuentra en
estudio algún tipo de modificación de los valores
de apuestas, fichas, pulsos, tarjetas o cartones, para los casinos
de la provincia, en un todo de acuerdo con lo previsto en el articulo
1r. de la Ley 11.998, teniendo en cuenta que tal medida, en conjunto
con otras, también podría colaborar con atenuar
los impactos de esta problemática.
Por otra parte,
y en el mismo sentido deseo conocer, si se ha dado curso y/o alguna
respuesta, en referencia a la Comunicación aprobada el
26 de noviembre de 2009 (*), respecto de la implementación
de programas o acciones conducentes a prevenir y/o combatir
los efectos perjudiciales de la ludopatía en el ámbito
de nuestra Provincia.
Al respecto,
si bien he seguido atentamente y con mucha esperanza sus declaraciones
publicas, se nos hace necesario conocer precisiones acerca de
los programas que supuestamente se llevan a la práctica
y fundamentalmente su eficacia. Fundamento mis pedidos en la urgencia
y efectividad con la que considero que estos temas deben ser tratados.
Por lo expuesto,
le solicito las repuestas a las peticiones formuladas, poniéndome
a su disposición para cualquier consulta
Sin más,
le saludo a Ud. atte
(*) Se Adjunta documentación de referencia
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